El martes pasado (9/10) fue aprobada y publicada por el Diario de la Unión la ley 13.726/2018 que determina el fin de la exigencia del reconocimiento de firmas, autenticaciones de copias y otros documentos personales por parte de órganos públicos, como certificados de nacimiento y títulos de elector.
La nueva ley entra en vigor a partir del 22 de noviembre y también prevé el sello de desburocratización en la administración pública que tiene el objetivo de simplificar procesos y eliminar prácticas innecesarias y extremamente burocráticas. Este cambio afecta y beneficia directamente el segmento de subcontratación de servicios paralegales. Para Luiz Albieri, director de Albieri & Asociados, la nueva legislación podrá abaratar y hacer más ágiles los procesos como apertura, clausura y actualización de registros de establecimientos, facilitando mucho la interfaz con órganos gubernamentales, además de otros innumerables procedimientos que involucran a las reparticiones públicas. Para ello, las reparticiones también tendrán que hacer su parte, diseminando esta nueva cultura y procedimientos para todos los servidores.
Para eximir el reconocimiento de firma, el servidor deberá comparar la firma del ciudadano con la firma de su documento de identidad, pudiendo este, también, optar por firmar presencialmente el documento y evitar la burocracia de las notarías. Ya para la dispensa de autenticación de copia de documento será necesaria solamente la comparación de la original y copia presentada.
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